Reglamento


 

I – Composición de la comisión coordenadora del programa (CCP)


La CCP es formada por el coordinador, el coordinador suplente, un docente acreditado en el programa y sus respectivos suplentes, un representante discente y su suplente.


 

 

II- Criterios de selección


Los documentos para inscripción, el numero de plazas disponibles, la lista de orientadores, los ítems de evaluación y currículum, la nota de cada ítem y la media final de aprobación, los temas y la bibliografía indicados para el proceso selectivo, constaran en edicto especifico, a ser divulgado por el Programa antes de cada proceso selectivo.

La comprobación de competencia en lengua inglesa para todos los alumnos, y en lengua portuguesa para los alumnos extranjeros, conforme dispuestos en el Item V de esta Norma, será exigida en el acto de la inscripción para el proceso selectivo, tanto para la maestría como para el doctorado.

Para la selección de los alumnos de maestría, doctorado y doctorado directo serán considerados los siguientes criterios:

 

  • Examen escrito basado en análisis de artículo científico (peso 3).
  • Análisis curricular (peso 3). El análisis de los currículos será basado en la evaluación de las actividades académicas y científicas desarrolladas por los candidatos.
  • Presentación oral del proyecto de investigación seguida de argumentación (peso 4). En la presentación oral y argumentación del proyecto de investigación, debe observarse el dominio que el candidato posee de su proyecto.

 

Los tribunales examinadores de los procesos selectivos para admisión de nuevos alumnos serán indicados por la CCP, y deberán estar constituidos por el coordinador de la CCP, dos miembros y sus respectivos suplentes. Preferiblemente, por lo menos un miembro del tribunal examinador deberá ser externo al programa.
La nota de cada evaluación variará de 0 a 10 y serán considerados aprobados los alumnos que obtengan una nota mayor o igual a 5,0 en el examen escrito. Los alumnos que no obtengan la nota mínima en el examen escrito (5,0) estarán automáticamente eliminados de las etapas siguientes del proceso selectivo. La nota final será el promedio de las tres evaluaciones.


 

 

III – PRAZOS


En el curso de maestría el plazo para depósito de la disertación es de treinta y seis meses.
En el curso de doctorado, para el portador del título de maestría, el plazo para depósito de la tese es de cuarenta y ocho meses.
En el curso de doctorado derecho el plazo para el depósito de la tesis es de sesenta meses.


 

 

IV – Créditos mínimos


El alumno de maestría deberá completar por lo menos 96 unidades de créditos, distribuidos de la siguiente forma:

 

  • Un mínimo de 20 unidades de crédito obtenidas en disciplinas
  • 76 unidades de crédito obtenidas en la elaboración de la disertación.

 

El alumno de doctorado, portador de título de maestría por la USP o por ella reconocido, deberá completar por lo menos 172 unidades de créditos distribuidas de la siguiente forma:

 

  • Un mínimo de 20 unidades de créditos obtenidas en disciplinas
  • 152 unidades de crédito obtenidas en la elaboración de la tesis

 

El alumno de doctorado directo deberá integrar por lo menos 192 unidades de créditos así distribuidos:

 

  • Un mínimo de 40 unidades de créditos obtenidas en disciplinas
  • 152 unidades de crédito obtenidas en la elaboración de la tesis.

 

A criterio de la CCP, serán atribuidos créditos especiales a actividades científicas y didácticas, conforme descrito en el ítem XIV.


 

 

V – Lengua extranjera


Serán aceptados para el examen de competencia en idioma inglés los exámenes reconocidos por la CPG de la FMRP-USP (TEAP, TOEFL, ALLUMINI, IELTS e CAMBRIDGE), siendo considerados aprobados los que obtengan aprovechamiento igual o superior a 60% de la nota máxima para la maestría y 70% de la nota máxima para el doctorado.

Serán aceptados como competentes en idioma inglés los alumnos que comprueben un ciclo completo de estudio (fundamental, medio o superior) o vínculo de practica o curso de por lo menos 1 año en instituciones de enseñanza y/o investigación en país de lengua inglesa.

Será aceptado para el examen de competencia en portugués el examen reconocido por la CPG de la FMRP-USP (CELPE-BRAS), siendo considerados aprobados los que obtengan aprovechamiento igual o superior a 60% de la nota máxima.

Serán aceptados como competentes en idioma portugués los alumnos que comprueben un ciclo completo de estudio (fundamental, medio o superior) o vínculo de practicas o curso de por lo menos 1 año en instituciones de enseñanza y/o investigación en país de idioma portugués.


 

 

VI – Materias


La CCP definirá el elenco de materias del programa basada en los artículos 68 al 71 del régimen de PG de la USP.

El pedido de acreditación y reacreditación de la materia será hecho como mínimo por un orientador acreditado en el programa.

Las propuestas de acreditación de la materia serán analizadas por la CCP tomándose en cuenta la importancia para la formación general del alumno y la coherencia con las líneas de investigación del programa y la competencia de los catedráticos y, en la reacreditación, la actualización del contenido del programa, la regularidad de ofrecimiento y las alteraciones de propuestas.

Además de los orientadores acreditados, serán aceptados como catedráticos de materias, portadores del título de doctor externos al programa desde que sea justificado por un docente acreditado en el programa responsable por la materia y después de la aprobación por la CCP.


 

 

VII – CANCELACIÓN DE GRUPOS DE MATERIAS


Podrá ocurrir la cancelación de grupos de materias cuando no sea alcanzado el número mínimo de alumnos por grupo o cuando haya solicitud del catedrático por motivo de fuerza mayor, aprobado por la CCP. La cancelación por la CCP por número insuficiente de alumnos deberá ser realizada antes del inicio de la materia y/o por motivo de fuerza mayor hasta 30% de la duración del grupo de aquella materia. La CCP tendrá, como máximo, 30 días para deliberar sobre el asunto.


 

 

VIII – Examen de calificación (EQ)


El objetivo del examen de calificación es evaluar la madurez didáctico-científica del alumno, el dominio del tema de investigación y los progresos obtenidos en el decorrer del curso de posgrado.

El examen de calificación es obligatorio para los alumnos de maestría y de doctorado.

El alumno deberá inscribirse para el examen de calificación en hasta 18 meses para la maestría, 24 meses para el doctorado y 30 meses para el doctorado directo, del inicio del conteo del plazo para el curso de doctorado.

Es necesario haber completado los créditos en las materias obligatorias del programa para la inscripción en el examen de calificación.

El examen general de calificación será solicitado por el orientador, con anuencia del alumno, a la CCP, que designará la comisión juzgadora constituida por tres miembros titulares, incluyendo el asesor del alumno y dos suplentes, con titulación mínima de doctor. Preferiblemente, el orientador no debe componer el tribunal examinador como miembro titular. El examen deberá ser realizado en hasta 60 días después de la definición de la tribunal examinador examinadora por la CCP.

Para la inscripción en el examen de calificación, el alumno deberá depositar cinco copias del informe detallado del proyecto de investigación en desarrollo (incluyendo revisión bibliográfica, descripción de la metodología y resultados preliminares). Los informes serán entregados a los componentes de la tribunal examinador examinadora con plazo mínimo de 15 días útiles antes de la fecha del examen de calificación.

El examen de calificación consistirá en: a) defensa oral publica del proyecto de investigación en desarrollo o b) deposito de artículo ya publicado o con comprobante de aceptación, en revista de circulación internacional (indexada en el Medline, Web of Science. Scopus). El artículo debe ser vinculado al proyecto de argumentación o tesis, lo que será verificado por la CCP; el alumno y su orientador deben figurar como autores y la publicación/aceptación debe haber ocurrido después de la matricula en el programa, en el nivel que el alumno se encuentra.

Caso sea reprobado, el candidato tendrá derecho a repetirlo solamente una vez, en plazo no superior a 120 días contados a partir de la fecha de realización de primero examen. Los procedimientos para realización del segundo examen serán los mismos descritos para el primer examen.


 

 

IX – Paso de maestría para doctorado directo


El paso de la maestría para el doctorado estará condicionado a una clara demostración de madurez científica del candidato y de originalidad de su proyecto. Podrá solicitar cambio de nivel de maestría para doctorado, el candidato que presente desempeño satisfactorio en el periodo en que fue alumno de maestría, evaluado por los informes anuales; comprobación de experiencia previa de actividad en investigación y comprobación de publicación, o aceptación para publicación, en periódicos de circulación internacional.

La solicitud deberá ser dirigida por el orientador, con la aceptación por escrito del alumno, en hasta 24 meses a partir del inicio del conteo del plazo para depósito de la disertación, acompañada de los siguientes documentos:

 

  • Informe detallado del orientador justificando el pedido con énfasis en la formación académica y en el desempeño científico del candidato.
  • Comprobación de la producción científica del alumno.
  • Informe detallado con los resultados del proyecto de investigación actual y un plan del futuro desarrollo del proyecto con proyección a la tesis de doctorado.

 

La CCP deberá juzgar el pedido después del análisis del material presentado y de un juicio hecho por un asesor no vinculado al proyecto y determinado por la CCP.


 

 

X – Desempeño académico y científico


Además de la desvinculación por el Art. 54, el alumno podrá ser desvinculado por el desempeño académico y científico evaluado por las exigencias aquí establecidas.

La evaluación del desempeño académico y científico de los alumnos de maestría y de doctorado será hecha por medio de los informes anuales con descripción detallada de las actividades académicas y científicas desarrolladas durante el período.

Los informes serán evaluados por asesores, vinculados o no al programa, indicados por la CCP.

Corresponde a la CCP evaluar la evolución del alumno durante el curso de postgrado, con base en los pareceres emitidos por los asesores. El alumno y su orientador deberán tener acceso a los dictámenes anuales.

A criterio de la CCP, el alumno será desvinculado del programa si: a) no presenta los informes anuales de actividades, en los plazos estipulados por la CCP, sin la debida justificativa, o b) si su informe no es aprobado por su orientador o por su asesor. En este caso el alumno tendrá hasta 30 días para manifestarse.

La deliberación de desvinculación del alumno por la CCP es dirigida a la CPG para su homologación.


 

 

XI – Orientadores y co-orientadores


La acreditación y reacreditación de los orientadores será valido por el plazo de 3 años.

Podrán ser acreditados y reacreditados como orientadores del programa los docentes que, en el trienio que antecede el pedido de acreditación, hayan publicado por lo menos tres artículos completos en periódicos indexados en el Medline, siendo por lo menos un artículo en periódico con factor de impacto mayor que 1,0.

La acreditación para co-orientador será admitida solamente para alumnos de doctorado acompañada de justificativa del orientador, indicando la importancia de la co-orientación, aprobada por la CCP.

La acreditación de orientadores externos, post-doctorandos y visitantes será aceptada como orientador específico, en carácter excepcional, después de la aprobación de la CCP, obedeciendo los criterios de acreditación de orientadores en el programa.

Cada docente acreditado en el programa podrá asumir la orientación de hasta 10 alumnos, incluyendo maestría y doctorado. Además de eso, es permitida la participación en hasta 3 co-orientaciones.


 

 

XII – Procedimientos para el depósito de la tesis


Para la solicitud de defensa pública de argumentación de maestría, el alumno, mediante autorización de su orientador, deberá depositar en la secretaria de la CPG los siguientes documentos:

 

  • 3 copias de la argumentación de maestría, acompañada de copia en media electrónica
  • Dictamen del orientador referente al trabajo de disertación
  • Formulario de envío del programa con firma del alumno y del orientador
  • 5 copias de la tesis de doctorado, acompañada de copia en media electrónica
  • Aceptación del orientador referente al trabajo de tesis

 

Para la solicitud de defensa pública de la tesis de doctorado, el alumno, mediante autorización de su orientador, deberá depositar en la secretaria de la CPG los siguientes documentos:

 

  • 5 copias de la tesis de doctorado, acompañada de copia em mídia eletrónica
  • Dictamen del orientador referente al trabajo de tesis.
  • Formulario de envío del programa con firma del alumno y del orientador

 


 

 

XIII – Nomenclatura del título


El título concedido por el programa será designado, Maestro o Doctor en Ciencias Médicas- Área de Concentración Salud Mental, para médicos e Maestro o Doctor en Ciencias – área de concentración Salud Mental, para las personas no- médicos.


 

 

XIV – Otras normas


1 – Disciplinas obligatorias

Para alumnos de maestría, doctorado y doctorado directo es obligatorio cursar 50% de los créditos en disciplinas obligatorias del programa.

Las disciplinas obligatorias para maestría son:
RSM5747-Metodología de Investigación-I – Revisión Bibliográfica (8 créditos)
RSM-5766-Seminarios en investigación en Psiquiatría, Neurociencias y Salud Mental I (2 créditos).

Las disciplinas obligatorias para doctorado son:
RSM5704-Metodología de Investigación II-Evaluación Crítica de Diseños (8 créditos)
RSM5767-Seminarios en investigación en Psiquiatría, Neurociencias y Salud Mental II (2 créditos).

2 – Atribuciones de créditos para actividades científicas o de docencia

A juicio de la CCP, las actividades descritas a seguir podrán ser computadas en el total de créditos mínimos exigidos en las materias. Las actividades referentes a las letras A hasta la F no pueden sobrepasar cincuenta por ciento de los créditos mínimos exigidos en materias y la actividad referente a la letra G no puede exceder veinte por ciento de los créditos mínimos exigidos en materias.

 

  • Autoría de trabajo completo publicado en revistas de circulación internacional (Medline, Web of Science, Scopus) – 4 créditos
  • Autoría de trabajo completo publicado en revistas de circulación nacional (Scielo) – 2 créditos
  • Publicación de trabajo completo en anuarios (o similares) – 1 crédito
  • Autoría de libro o capítulo de libro – 2 créditos
  • Participación en congreso científico, organizados por sociedades científicas nacionales o internacionales, con presentación de trabajo cuyo resumen sea publicado en anuarios o (similares) – 1 crédito
  • Depósito de patente – 4 créditos
  • Participación del Programa de Perfeccionamiento de Enseñanza (PAE) – 3 créditos

 

3 – Cambio de proyecto de Investigación

La solicitud de cambio de proyecto de investigación durante el curso de maestría o de doctorado deberá ser dirigida por el orientador con el consentimiento del alumno al coordinador del área, acompañada de justificativa detallada así como del nuevo proyecto.

Corresponde a la CCP-SM evaluar la solicitud de cambio de proyecto de investigación, basándose en un dictamen emitido por un asesor no vinculado al proyecto y determinado por la CCP.

4 – Documentos que deberán ser entregados en la CCP para depósito de la argumentación o tesis

Al momento del depósito de los documentos en la CCP , el alumno deberá entregar los siguientes documentos:

 

  • copia de la argumentación de maestría o de la tesis de doctorado, acompañada de copia en media electrónica.
  • copia del manuscrito a ser sometido para publicación, o del artículo sometido, o aceptado para publicación, o ya publicado.
  • copia del dictamen del orientador referente al trabajo de disertación
  • copia de formulario de envío del programa con firma del alumno y del orientador
  • lista con sugerencia de nombres para la composición del tribunal examinador:
    1. para la maestría, compuesta por el orientador; cuatro docentes pertenecientes a FMRP-USP o al programa y cuatro docentes externos a la FMRP-USP y al programa.
    2. para el doctorado, compuesta por el orientador; ocho docentes pertenecientes a la FMRP-USP o al programa y ocho docentes externos a la FMRP-USP y al programa.
  • formulario relleno y firmado para autorización de publicación online del trabajo en el Portal del Conocimiento de la Universidad de São Paulo.

 

Prof. Dra. Cristina Marta Del Ben
Coordinadora del Programa de Postgrado en Salud Mental

Instrucciones para depósito de Examen General de Calificación

Para alumnos que ingresaron hasta enero de 2009 y no optaron por las nuevas normas:
el alumno deberá proporcionar 5 copias de la pro-forma en espiral, acompañadas de formulario con sugerencias de tribunal examinador que debe ser llenado y firmado por el orientador. El formulario puede ser encontrado en el link formularios de esta home page.

Es necesario haber completado los créditos en las materias obligatorias del programa para la inscripción en el examen de calificación.

Para alumnos que ingresaron a partir de julio de 2009 y los demás que optaron por las nuevas normas:
Para inscripción en el examen de calificación, el alumno deberá depositar cinco copias del informe detallado del proyecto de investigación en desarrollo (incluyendo revisión bibliográfica, descripción de la metodología y resultados preliminares), acompañada de formulario con sugerencias de tribunal examinador que deben ser rellenados y firmados por el orientador. El formulario puede ser encontrado en el link formularios de esta home page.

Es necesario haber completado los créditos en las materias obligatorias del programa para la inscripción en el examen de calificación.